
Normativa Andina en materia Migratoria
Comparto la Declaración de Bogotá en el marco del IV Foro andino de Migraciones de los días 9 y 10 de mayo.
Con la aprobación del Acuerdo Ministerial 000050 el pasado mes de julio de 2012, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador, dio a conocer la reducción en las tarifas de los servicios consulares. Adicional a ello, con esta medida se habilitó a los consulados ecuatorianos para prestar el servicio de Registro Civil.
Declaración oficial del III Foro Andino de las Migraciones realizado en la ciudad de Quito Ecuador, durante los días 04 y 05 de octubre de 2012.
En Septiembre de 2008 tuvo lugar en Quito el Primer Foro Andino de las Migraciones durante el cual – en el marco del entusiasmo por el Plan de Desarrollo Humano de las Migraciones de la Secretaria Nacional del Migrante de Ecuador – se propuso la construcción de un Plan Andino de Desarrollo Humano de las Migraciones.
Después de cuatro años, todavía se cuenta con una propuesta de Plan que no ha sido ratificada por los ejecutivos. Una propuesta que presenta lineamentos estratégicos claros tendientes a plasmar en la realidad cotidiana los principios que rigen el Plan: el respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas migrantes, el ejercicio de una libre movilidad informada y segura, la coherencia nacional y regional en la definición y aplicación de políticas migratorias inclusivas y de pleno respeto a los derechos de las personas migrantes que residen en los países andinos, y el reconocimiento de los efectos positivos que las dinámicas migratorias producen y son susceptibles de producir para el bienestar y desarrollo humano.
La presente ley, aprobada por el Congreso Colombiano el 26 de Agosto de 2005, tiene por objeto adoptar medidas de prevención, protección y asistencia necesarias para garantizar el respeto de los derechos humanos de las víctimas y posibles víctimas de la trata de personas, tanto las residentes o trasladadas en el territorio nacional, como los colombianos en el exterior, y para fortalecer la acción del Estado frente a este delito.
Decisión 116: Instrumento Andino de Migración Laboral
Supervisión de las políticas de protección de los derechos de los peruanos migrantes
Defensoría del Pueblo
Jirón Ucayali Nº 388
Lima 1 - Perú
Teléfono: (511) 311-0300
Fax: (511) 426-7889
E-mail: defensora@defensoria.gob.pe
Internet: www.defensoria.gob.pe
Línea gratuita: 0800-15170
Capítulo I: La migración internacional y los derechos humanos
Capítulo II: La migración peruana
Capítulo III: Marco jurídico internacional para la protección de los derechos de las personas migrantes
CAPÍTULO IV: La supervisión de la política migratoria peruana y de los mecanismos de protección de los derechos de los migrantes peruanos
V. Conclusiones
VI. Recomendaciones
La Red Andina de Migraciones cuenta con equipos coordinadores en cada país de incidencia: Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia.
Para compartirnos sus inquietudes, puede enviar sus mensajes a la cuenta de correo contactenos@redandinademigraciones.org
Hosting: ServerQuo En colaboración con Interalta